Calculadora de Finiquito e IndemnizaciónGuía completa
Legislación española — Estatuto de los Trabajadores 2026

Calculadora de Finiquito y Vacaciones No Disfrutadas

Calcula el importe exacto de tu finiquito: días trabajados, vacaciones pendientes y pagas extra prorrateadas.

Más de 1.000 personas han confiado ya en esta calculadora para estimar su indemnización.

Respuesta rápida: el finiquito incluye el salario de los días trabajados, las vacaciones no disfrutadas (artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores) y, si procede, el prorrateo de pagas extraordinarias.

Datos del contrato
Completa las fechas y el salario bruto para ver el resultado en tiempo real.

¿Qué es el finiquito?

El finiquito es la liquidación de las cantidades que la empresa debe abonar al trabajador al finalizar la relación laboral, con independencia de la causa de la extinción (baja voluntaria, jubilación, despido o fin de contrato). No incluye, por sí mismo, ninguna indemnización por despido: recoge exclusivamente los conceptos salariales ya devengados y pendientes de pago.

Vacaciones no disfrutadas: cómo se calculan

El artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores reconoce un mínimo de 30 días naturales de vacaciones retribuidas por año trabajado (salvo que el convenio colectivo aplicable reconozca un número mayor). Si al finalizar el contrato el trabajador no ha disfrutado la totalidad de los días generados durante el año en curso, la empresa está obligada a compensarlos económicamente en el finiquito, calculando el importe según el salario diario correspondiente.

Nuestra calculadora prorratea automáticamente los días de vacaciones generados en función del tiempo trabajado en el año natural en curso y resta los días que ya hayas disfrutado, para ofrecerte el número exacto de días pendientes de compensar.

Prorrateo de pagas extraordinarias

Si tu salario se abona en 14 pagas (12 mensualidades ordinarias más dos pagas extraordinarias), el finiquito debe incluir la parte proporcional de las pagas extra ya devengadas durante el periodo en curso y todavía no cobradas. Si, en cambio, tu salario se prorratea en 12 pagas a lo largo del año, este concepto no aplica porque las pagas extra ya están repartidas en cada nómina mensual.

Salario de los días trabajados del último mes

El finiquito también incluye la parte proporcional del salario correspondiente a los días efectivamente trabajados en el mes en que se produce la baja, calculada sobre el importe de la mensualidad ordinaria y el número de días de ese mes en concreto. Introduce tus fechas y tu salario bruto en la calculadora superior para obtener el desglose completo de tu finiquito al instante.

Ejemplo práctico de cálculo

Un trabajador con salario bruto de 1.500 €/mes en 14 pagas (salario bruto anual: 21.000 €; salario diario: 21.000 € / 365 = 57,53 €) causa baja el 30 de junio tras haber empezado el 1 de enero del mismo año y haber disfrutado solo 5 días de vacaciones. El finiquito se compone de: salario del mes de junio completo (1.500 €), vacaciones pendientes (30 días × 181/365 días trabajados en el año − 5 disfrutados ≈ 9,88 días × 57,53 € ≈ 568 €) y prorrateo de las dos pagas extra devengadas (181/365 × 3.000 € ≈ 1.488 €). El total orientativo asciende a aproximadamente 3.556 €.

¿Tributa en el IRPF la indemnización por fin de contrato temporal?

Sí, íntegramente. A diferencia del despido improcedente, objetivo o de un ERE, la indemnización de 12 días por año del fin de contrato temporal (artículo 49.1.c ET) no está exenta de IRPF en ningún caso: tributa como rendimiento del trabajo desde el primer euro. Si tu periodo de servicio superó los 2 años, podría aplicarse la reducción del 30% por rendimientos irregulares (artículo 18.2 LIRPF); consúltalo con tu asesor fiscal. El finiquito (salario pendiente, vacaciones y pagas extra) tampoco es una indemnización exenta: son retribuciones ya devengadas y tributan como salario ordinario. La calculadora superior lo desglosa automáticamente. Compara este tratamiento con el resto de tipos de despido en la guía completa de indemnización por despido.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días de vacaciones no disfrutadas se pagan en el finiquito?

El artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores reconoce un mínimo de 30 días naturales de vacaciones por año trabajado; los días generados y no disfrutados hasta la baja se compensan económicamente en el finiquito según el salario diario.

¿Se cobra finiquito si dejo el trabajo voluntariamente?

Sí. El finiquito se debe abonar en cualquier tipo de extinción del contrato, incluida la baja voluntaria, ya que liquida conceptos ya devengados (salario pendiente, vacaciones no disfrutadas y pagas extra prorrateadas), no una indemnización por despido.